En 2025, las pensiones contributivas se
revalorizarán aproximadamente un 2,8%, mientras que las pensiones mínimas
y no contributivas experimentarán un incremento superior, según
declaraciones del Secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, Borja
Suárez. Aunque las pensiones aumentarán, este no será el único cambio previsto
para el próximo año. La subida de la edad de jubilación, el complemento a
mínimos y las medidas para reducir la brecha de género serán otros de los
ajustes que afectarán tanto a pensionistas y jubilados como a trabajadores
que se jubilen a partir del 1 de enero.
Este incremento afectará directamente a la edad por
jubilación anticipada voluntaria e involuntaria así como los trabajadores que
accedan a la jubilación parcial.
Así, en 2025, el adelanto máximo por jubilación
anticipada voluntaria (hasta 24 meses de adelanto) se situará en los 63
años si se tienen 38 años y tres meses cotizados. En caso de no cumplir con
dichas cotizaciones, la edad se situará en los 64 años y 8 meses, siempre
teniendo en cuenta que es necesario un mínimo de 35 años cotizados.
De igual forma, ocurrirá con la edad máxima adelantada en
la jubilación anticipada involuntaria (hasta 48 meses de adelanto),
que se situará en los 61 años si se tienen 38 años y tres meses cotizados. Si
no se alcanzan estas cotizaciones, la edad será de 62 años y 8 meses,
requiriéndose al menos un mínimo de 33 años cotizados.
Subida
pensión máxima de jubilación
La pensión máxima se revalorizará conforme a la
evolución del IPC anual de los doce meses previos a diciembre del año anterior
(diciembre de 2023 a noviembre de 2024) más un incremento adicional del 0,115%
anual. Así lo recoge la disposición transitoria trigésima novena de la Ley
General de la Seguridad Social.
Disposición transitoria trigésima novena de la Ley
General de la Seguridad Social | Foto: BOE
Subida
de las pensiones mínimas y no contributivas
Las pensiones mínimas se revalorizarán por encima
del IPC, ya que el objetivo del Gobierno es incrementar la cuantía de las
pensiones más vulnerables. Esta deberá incrementar la cuantía mínima para
reducir en un 30% la brecha para garantizar que las pensiones mínimas contributivas
alcancen el 60% de la renta mediana.
En cuanto a las pensiones no contributivas, se prevé
un incremento estimado del 18,24%, conforme a las previsiones de la Seguridad
Social y lo estipulado en el Real Decreto-ley 2/2023. Este marco normativo establece
que dichas pensiones deberán incrementarse de manera progresiva hasta alcanzar,
en 2027, el 75% del umbral de pobreza definido para un hogar unipersonal.
Así
quedarían las cuantías aproximadas para 2025:
Cuantía íntegra: se establecerá en 542,85 euros al mes
(7.600 euros anuales).
Cuantía mínima del 25 %: alcanzará los 135,71 euros al
mes (1.899,94 euros anuales).
Cuantía íntegra con el complemento del 50
% (aplicable a pensiones no contributivas de invalidez): se situará en
814,27 euros al mes (11.399,78 euros anuales).
Complementos
a mínimos para las pensiones mínimas
Con la revalorización de las pensiones y la subida de las
pensiones mínimas, también aumentará el límite de ingresos para acceder al
complemento a mínimos. Este complemento es una cuantía económica que se añade a
la pensión contributiva cuando esta se encuentra por debajo del mínimo, con el
objetivo de que alcance dicho umbral. Es decir, si la pensión contributiva no
llega al mínimo, la Seguridad Social aporta la diferencia necesaria para
situarla, al menos, en ese valor.
Al tratarse de un complemento extra destinado a las
pensiones más vulnerables, es imprescindible no superar un determinado umbral
de ingresos. Por ello, con el inicio del año y el aumento de las pensiones
mínimas, este límite también se incrementará, lo que beneficiará a aquellos
pensionistas que perciben una prestación por debajo del mínimo.
Subida
de complemento para reducir la brecha de género en las pensiones
Según establece el Real Decreto-ley 2/2023 en su disposición
transitoria primera, el importe del complemento para reducir la brecha de
género se incrementará en un 10% adicional a la revalorización anual
durante el bienio 2024-2025. Este complemento lo perciben tanto hombres como
mujeres y tiene como objetivo reparar el perjuicio que han sufrido a lo largo
de su carrera profesional por asumir un papel principal en la tarea de los
cuidados de los hijos, es decir, que no pudieron trabajar y ende cotizar debido
a la crianza.
Así, el complemento para la reducción de la brecha de
género se incrementará en 2025 en torno a un 7,8 % (el IPC promedio más un 5 %
adicional), situándose en aproximadamente 35,6 euros por hijo, con un máximo de
hasta cuatro hijos. Estas serían las cuantías aproximadas para 2025:
Un hijo: 35,79 euros al mes.
Dos hijos: 71,58 euros al mes.
Tres hijos: 107,37 euros al mes.
Cuatro o más hijos: 143,16 euros al mes.
Para cobrar este complemento es necesario cumplir una serie de requisitos mínimos y que la pensión haya sido reconocida a partir del 4 de febrero de 2021.